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Finjus cuestiona que la JCE pueda sancionar encuestas mediante un reglamento

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) advirtió que la Junta Central Electoral debe ejercer su potestad sancionadora dentro de los límites fijados por la Constitución y las leyes. La entidad cuestionó que un reglamento pueda establecer infracciones o sanciones que no hayan sido creadas por el legislador. El planteamiento surge tras el procedimiento administrativo iniciado contra ACD Media por la presunta difusión de dos encuestas electorales fuera del período permitido.

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Por Fredelyn RodríguezPublicado 09/08/2026 3:31 pm · Actualizado 09/08/2026 12:33 pm
Ilustración editorial relacionada con Finjus cuestiona que la JCE pueda sancionar encuestas mediante un reglamento
Ilustración editorial: Punto Caribe

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) cuestionó el alcance de la facultad de la Junta Central Electoral (JCE) para sancionar la publicación y difusión de encuestas electorales, al advertir que cualquier actuación de ese tipo debe ajustarse a la Constitución y a las leyes.

La organización sostuvo que la potestad sancionadora del órgano electoral no puede ejercerse fuera de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico. En particular, puso en duda que un reglamento aprobado por la JCE pueda crear infracciones o sanciones que no hayan sido previstas previamente por el legislador.

El procedimiento contra ACD Media

La posición de Finjus se conoció a propósito de un procedimiento administrativo sancionador iniciado por la JCE contra la firma encuestadora ACD Media, S.R.L. El organismo electoral formuló un pliego inicial de cargos por la presunta publicación y difusión de encuestas con fines electorales fuera del período legalmente habilitado.

De acuerdo con la información suministrada, la JCE actuó con base en un reglamento aprobado por el organismo en mayo pasado. La actuación fue dispuesta por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, después de que el Pleno de la JCE la apoderara para investigar dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media.

Las encuestas objeto de investigación fueron divulgadas, según el resumen de la fuente, el 1 de junio y el 13 de julio de este año. El material suministrado no detalla el contenido de esos estudios, los medios utilizados para su difusión ni las medidas específicas que podrían derivarse del procedimiento.

Un debate que supera el caso particular

Para Finjus, la controversia no se limita a la situación de una empresa encuestadora. La entidad considera que el caso plantea una discusión más amplia sobre los límites de la autoridad administrativa electoral y sobre la posibilidad de establecer consecuencias sancionadoras mediante normas reglamentarias.

El planteamiento coloca en el centro del debate la relación entre la potestad regulatoria de la JCE y el principio de legalidad. Según la posición atribuida a Finjus, las reglas administrativas pueden organizar la aplicación de la normativa electoral, pero no deberían introducir infracciones o sanciones que carezcan de respaldo legal.

La discusión también incide en la forma en que se publican los estudios de opinión durante los procesos electorales. Para los actores que elaboran o difunden encuestas, la definición de los períodos autorizados y de las consecuencias ante un eventual incumplimiento establece el marco en el que pueden divulgarse esos datos. Para la autoridad electoral, el procedimiento iniciado busca examinar si las publicaciones atribuidas a ACD Media se realizaron fuera del plazo permitido.

La decisión pendiente

El procedimiento se encuentra presentado como una actuación inicial de la administración electoral. La información disponible no indica cuál ha sido la respuesta de ACD Media al pliego de cargos, si la firma presentó alegatos o pruebas, ni cuál será la decisión final de la JCE.

Tampoco se precisan en el material suministrado las disposiciones constitucionales, legales o reglamentarias invocadas por Finjus, ni las sanciones que contempla el reglamento aprobado en mayo. Esos elementos serán determinantes para evaluar el alcance jurídico de la controversia.

Mientras se desarrolla el proceso, la posición de Finjus mantiene abierta la discusión sobre hasta dónde puede llegar la JCE al regular y sancionar la publicación de encuestas electorales. El caso, según la entidad, puede tener implicaciones más amplias para la interpretación de las competencias del organismo y para las reglas aplicables a la difusión de estudios de opinión en la República Dominicana.

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